El pasado 7 de junio de 2017 el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Barcelona falló a nuestro favor en otro caso sobre IRPH que ganamos en el bufete.
Nuestra abogada Susana Moreno defendió la causa a favor de nuestro cliente, interpuesta al Banco Sabadell, entendiendo que existía un claro caso de abuso por parte de la entidad bancaria.
La hipoteca del cliente estaba referenciada al IRPH con un clausulado muy restrictivo en un momento en el que claramente resultaba más ventajoso un tipo referenciado al EURIBOR, mucho más cercano al mercado hipotecario real.
Se estima que la diferencia entre lo pagado en una hipoteca referenciada al Euribor y una que lo hace al IRPH en un periodo de 10 años alcanzaría entre los 18.000 y 21.000 euros. Tras las sentencias por las preferentes, las cláusulas suelo, los gastos de formalización de la hipoteca y las multidivisas, los tenedores de hipotecas con IRPH quedan como los únicos clientes con conflictos bancarios cuya situación todavía no se ha resuelto.
La jurisprudencia europea ya dictó sentencia en 2011 al respecto de las hipotecas referenciadas al IRPH, considerando abusiva su aplicación por entender que era un tipo manipulable al interés del banco. Y además instó a España a suprimirlo.
Esta nueva sentencia ganada por nuestro bufete, se alinea con la tendencia que se está observando en otros tribunales de España. Aunque todavía el Tribunal Supremo de España no se ha pronunciado, se espera que siga la misma deriva.
Si desea ampliar más información puede acceder a la sentencia aquí.