Las controvertidas cláusulas suelo de las hipotecas españolas han empezado a ser juzgadas estos días por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Lo que se plantea el organismo europeo es el grado de retroactividad exigible a la banca española cuando es condenada a devolver el dinero por el motivo de las cláusulas suelo: en concreto, el TJUE estudia si la banca española debe devolver el dinero cobrado por esta condición hipotecaria desde 2009 o 2013.
Para conocer el fallo habrá que aguardar aún unos cuantos meses, pero la sentencia podría aumentar la factura acumulada por el sistema financiero español por este motivo varios miles de millones de euros.
El conflicto parte del 9 de mayo de 2013, día en el que el Tribunal Supremo español dictó sentencia en torno a las cláusulas suelo no totalmente transparentes, considerándolas abusivas y, en consecuencia, dictando su supresión de los contratos hipotecarios desde entonces. El fallo obligaba a los bancos enjuiciados a retirar todas las cláusulas suelo que ofrecían. Entonces se inició un tsunami de reclamaciones por parte de miles de clientes de otras entidades. Este fallo, tras un recurso de la banca, fue ratificado por el Supremo en marzo de 2015, obligando a los bancos a devolver lo cobrado por cláusulas suelo solo desde mayo de 2013.
Poco después, el Juzgado Mercantil número 1 de Granada realizó una consulta prejudicial al TJUE cuestionando si la retroactividad en la devolución, por parte de los bancos a sus clientes, no debería remontarse al inicio de la puesta en marcha de las cláusulas suelo, esto es, en 2009, y no solo desde mayo de 2013.
El pasado octubre, la Comisión Europea difundió un informe al respecto, por petición del alto tribunal europeo, argumentando que, si existió mala praxis, la banca debe devolver a sus clientes el total cobrado por las cláusulas suelo desde que se inició el contrato. Aun sin ser vinculante, este informe será clave en la respuesta del TJUE, que seguramente no sé dará a conocer hasta que pase el verano. Si los pronósticos se mantienen y se pone como fecha de inicio para la retroactividad en el pago en 2009, esto supondría para el sector financiero español un desembolso de hasta 9700 millones. En caso de considerarla desde 2013, los bancos deberán devolver alrededor de 5269 millones a sus clientes.