+ 34 933 621 698

+ 34 663 756 402

info@urbeabogados.com

El Tribunal Supremo contra los intereses abusivos

  1. Concurso de acreedores
  2. El Tribunal Supremo contra los intereses abusivos

De nuevo el Tribunal Supremo declara “abusivo” el interés de demora, aplicado por algunas entidades bancarias en los préstamos personales al consumo.

De hecho, ha sentado jurisprudencia y es por ello que los intereses de demora no pueden superar los dos puntos porcentuales del interés pactado en los préstamos personales al consumo.

 

Con esta nueva sentencia, se crea doctrina jurisprudencial lo que implica que el resto de tribunales inferiores deben aplicarla de oficio. Esta nueva sentencia que hace que la banca deba revisar sus cláusulas a la hora de aplicar los intereses de demora en sus préstamos, se debe a la aplicación de la normativa europea existente para defender al consumidor.
La directiva 1993/13/CEE del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es la normativa en la que se han basado en el Tribunal Supremo para declarar nula la cláusula referente a los intereses de demora en los contratos sin garantía hipotecaria con consumidores. En la citada directiva se indica que los estados miembros “no vincularán al consumidor las cláusulas abusivas que figuren en un contrato celebrado entre éste y un profesional”.
Así, esta nueva sentencia es un nuevo perjuicio hacia la banca por las condiciones abusivas que aplicaba a sus clientes cuando ofrece alguno de sus productos estrella como son los préstamos.
En nuestro bufete disponemos de un amplio equipo profesional, constantemente actualizado en la normativa y la jurisprudencia que se va generando para la defensa del consumidor en los diferentes aspectos relacionados o vinculados con la banca, es por ello que si necesita asesoramiento al respecto, en Urbe Abogados podemos ofrecerle todo el apoyo que necesite para resolver todas sus consultas.

Otras noticias

×